Expediente N° Escrito N° 1 Especialista Sumilla SOLICITO
DECLARACION
JUDICIAL DE
VIUDEZ
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DEL MODULO
BASICO DE JUSTICIA DE CARABAYLLO.
PEDRO
ALCIDES VARGAS VASQUEZ con DNI N
06472612, con domicilio real en la calle 2 Mz C Lt 10 P.J. Villa el Polvorín,
Distrito de Carabayllo, señalando domicilio procesal en la Casilla N ° 10001 del
Modulo Básico de Justicia de Carabayllo, ante UD, con el debido respeto me presento
y digo:
I.-PETITORIO:
Que, acudo al Órgano Jurisdiccional, a fin de
interponer DEMANDA DE
DECLARACION JUDICIAL DE VIUDEZ,
ya que en la actualidad me encuentro consignado en la ficha de la RENIEC como casado, SIENDO LO CORRECTO MI ESTADO CIVIL DE
VIUDO, ya que mi difunta esposa ANA
MARIA RIOS RIVEROS, falleció el 05 de mayo
del 2,004 en la ciudad de Toronto, Canada, con tal fin deberá remitirse
los partes correspondientes a la
RENIEC , asimismo se servirá cursarse las partes a
la Municipalidad
de Breña y ordenarse las publicaciones conforme corresponde.
II.-FUNDAMENTOS DE HECHO:
PRIMERO: .- Que, Señor Juez el recurrente y mi difunta esposa
contrajimos matrimonio ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA el día 23 de septiembre de 1958 ante la municipalidad
distrital de Breña, LO CUAL ADJUNTO A LA PRESENTE DEMANDA LA PARTIDA DE MATRIMONIO EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD distrital
de breña, tiempo después mi difunta esposa y mi persona viajamos el ano 1984
por motivos de trabajo, dejando de existir el día el 05 de mayo de 1,984 en la ciudad de Toronto Ontario, Canadá
tal como consta en la CERTIFICACION EN EXTRACTO DE INSCRIPCION DE DEFUNCION PROF.
OF DEATH CERTIFICATE, DEBIDAMENTE LEGALIZADA POR EL NOTARIO PUBLICO
SEGUNDO: Que realmente no le di importancia tal hecho ya que
no me AFECTABA EN NADA, por lo que no solicite dicha declaración judicial de
viudez en su oportunidad, sin pensar que
tiempo después dicho descuido me traería muchos problemas, siendo así necesito
regularizar mi DNI, ya que en mi DNI se consigna como casado pues como explique
ene l punto anterior mi difunta esposa dejo de existir en el país ciudad de Toronto
Ontario, Canadá, siendo mi condición de viudo en la actualidad.
CUARTO: Estando ante una incertidumbre jurídica con relevancia
jurídico, por un dato inexacto al Registro Único de inscripción de las personas
naturales, corresponde al órgano jurisdiccional resolverlas.
III.--FUNDAMENTO JURIDICO:
Que, amparo mi petición en los Art.749 Inc.12 Art.750,
751, 754, del C.P.C. QUE SE REFIERE A
LOS PROCESOS NO CONTENCIOSOS.
Competencia,
requisitos, anexos y tramites así mismo el Art. 2030 Inc.8, Art.2032, 2031 del Código
Civil se refiere al Registro único de identificación de personas naturales
enciso 9 Art.424 y 425 del C.P.C.
IV.-MONTO DEL PETITORIO: El monto del petitorio POR SU NATURALEZA no es determinable la cuantía.
V.-VIA PROCEDIMENTAL: la vía procedimental es en el PROCESO NO CONTENCIOSO.
VI.-MEDIOS PROBATORIOS:
Los
medios probatorios son los siguientes
1.- El merito
de la copia del DNI del recurrente
2.-
El merito de la partida de matrimonio expedida por la municipalidad
distrital de Breña
3.- La certificación en extracto de inscripción
de defunción PROF. OF DEATH CERTIFICATE,
debidamente legalizada por el notario publico.
4.-
Copia certificado domiciliario N
1155_2009_GDHS_MDC.
VII.-ANEXOS:
1.
B._ El merito de la partida de
matrimonio expedida por la municipalidad distrital de Breña.
1.
D._ Copia certificado domiciliario N
1155_2009_GDHS_MDC.
1.
E._ Tasa judicial por ofrecimiento de pruebas.
POR LO EXPUESTO:
Pido admitir la presente demanda, y declarar fundada
en su oportunidad, por ser justicia que espero alcanzar.
Carabayllo, 11 de enero del 2014.
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