Expediente:
Especialista:
Cuaderno:
Principal
Escrito Nº 01
SUMILLA: DEMANDA DE AUMENTO
DE PENSION
ALIMENTICIA.
SEÑOR JUEZ DEL
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE COMAS.
ROSARIO ESTHER
PORRAS PRETELL, identificada con el DNI
Nº 09748241, con domicilio real y
procesal en Av. Jorge Chávez Nº 1826, Km . 11 Distrito de
Comas, en el proceso por AUMENTO DE
PENSION ALIMENTICIA, en contra de RAUL QUISPE EGUIZABAL, señalando domicilio procesal en
Jr. La Libertad N º
201, Km
11; Distrito de Comas; a usted atentamente digo lo siguiente:
I.-PETITORIO
Acudo a
su respetable despacho y FORMULO:
DEMANDA DE AUMENTO DE PENSION DE
ALIMENTOS contra RAUL QUISPE EGUIZABAL, con domicilio en
Jr. La Libertad N º 201, Km 11(frente al correo
de Comas); Distrito de Comas a fin de
que de los S/.200.00 nuevos soles que se fijo en la sentencia se AUMENTE A LA SUMA DE S/. 800.00 NUEVOS
SOLES EN FORMA MENSUAL, POR CUANTO SE
SIGUIO EL PROCESO 138-2007-Segundo Juzgado de Paz Letrado de los Olivos. AH FIN DE QUE ACUDA CON UNA PENSION ALIMENTICIA EN LA SUMA DE S/ 800.00
(OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES Y 00/100 NUEVOS SOLES) FAVOR
DE SUS HIJOS MARICIELO LINDSEY QUISPE PORRAS, SHARON QUISPE
PORRAS, LEONARDO RAUL QUISPE PORRAS.
II.
FUNDAMENTOS DE HECHO DEL PETITORIO:
Primero.- Que, en el
expediente Nº 602-2002 del Juzgado de Paz Los Olivos, se siguió el proceso de
alimentos, en la que se fijo la suma de S/.200.00 nuevos soles en forma
mensual, monto que el demandado no viene cumpliendo a pesar que tiene ingresos
como taxista profesional ascendiente a la suma de S/
3,000.00 (TRES MIL NUEVOS SOLES) y otros ingresos como comerciante.
Segundo.- Que, desde el
nacimiento de mis menores hijos, el demandado no ha cumplido con prestar
alimentos puntualmente, y casi siempre
tengo que rogarle que pase los
correspondientes alimentos y terminamos peleando por su negativa a
prestar alimentos cuando lo requería.
Tercero.- Que, en múltiples oportunidades he tratado de
llegar a un acuerdo armonioso con el
demandado para que cumpla con prestar alimentos a sus hijos, habiendo
recibiendo una respuesta negativa, convirtiéndose esta situación en un
conflicto de intereses que requiere ser resuelto judicialmente, razón por la
cual solicito TUTELA JURISDICCIONAL debiendo esta ser efectiva, tal como exige
la ley.
III.
FUNDAMENTO JURIDICO
_ Art.
482 C .C
REAJUSTE DE LA PENSIÓN DE
ALIMENTOS.- “Se incrementa o se reduce
según el aumento o la disminución que experimenta las necesidades del
alimentista y las posibilidades de las que debe prestarlas”. Cuando el monto de
la pensión se hubiere fijado en un
porcentaje de las remuneraciones del obligado, no es necesario nuevo juicio
para reajustarla. Dicho reajuste se produce automáticamente, según las
variaciones de dichas remuneraciones.
_ Art. 97
del T.O.U del Código del
Niño y del Adolescente.- Que define como
alimentos lo necesario para el sustento
habitación, vestido, educación, instrucción y capacitación, para el trabajo además de asistencia médica y
recreación de los hijos.
_Art. 98 del T.O.U del
código del niño y Adolescente.- Que
establece la obligación de los padres de prestar alimentos a sus hijos.
IV. MONTO
DE PETITORIO
El
proceso es para el aumento de los
S/.200.00 Nuevos Soles establecido en la sentencia, para que se asuma la
pensión alimenticia en la suma de S/.800.00 Nuevos Soles.
V. VIA PROCEDIMENTAL
La
presenta demanda se deberá tramitar por la vía del PROCESO
UNICO.
VI. MEDIOS
PROBATORIOS
1.- Partida de Matrimonio entre la Sra. ROSARIO ESTHER PORRAS
PRETEELL y el Sr. JUAN PORRAS RIOS, expedida
por la Municipalidad
Distrital de Comas, con la que se acredita que el demandado
contrajo matrimonio con la demandante el día
15 de agosto del 1991.
PORRAS, de 17
años y 1 mes.
4.- Partida de nacimiento de mi menor hijo LEONARDO RAUL QUISPE
PORRAS, de 11 años y 7 meses, expedida por la Municipalidad
Metropolitana de Lima.
5.- Boletas de venta,
en la que se acredita los gastos ocasionados en mis menores hijos.
6.-Vaucher de pago
ante el banco de la nación por concepto de pago de servicio telefónico, por el
monto de S/.35.00
7.- Recibo de pago
por concepto de APAFA José Marti.
8.- Constancia de
Estudio de mi menor hijo LEONARDO
RAUL QUISPE
PORRAS, expedida por la directora de la I.E. N º 2047- La Libertad UGEL Nº 04
– Comas.
9.- Constancia de
Estudio de mi menor hijo SHARON QUISPE
PORRAS
PORRAS, expedida por la directora de la I.E. N º 2047- La Libertad UGEL Nº 04
– Comas.
10.- Constancia de
Estudio de mi menor hijo LEONARDO RAUL
QUISPE
PORRAS, expedida por la directora de la I.E. N º 2047- La Libertad UGEL Nº 04
– Comas.
11.- Vaucher de pago
ante el banco de la nación por concepto de pago de servicio telefónico, por el
monto de S/.35.00
12.- Copia del
diploma de honor en el décimo 5to Concurso Nacional Escolar De Dibujo Y Pintura
2008.”Pasión Por El Arte”,
expedida a mi menor hijo LEONARDO RAUL QUISPE.
13.- Declaración Jurada de Gastos, que asciende a la suma de S/ 2,135.00 Nuevos Soles
mensuales por concepto de alimentos,
recreación, salud, vivienda, vestimenta en mi menores hijas MARICIELO LINDSEY QUISPE
PORRAS, SHARON QUISPE PORRAS, LEONARDO RAUL QUISPE PORRAS.
14.- Copia de Contrato de alquiler de un local comercial, ubicado en
el CENTRO COMERCIAL MEGA PARRAL.
15.- Cronograma de
pagos EDPYMES PROEMPRESA S.A. de préstamo solicitado por la Sra. ROSARIO
ESTHER PORRAS PRETELL.
16.- Recibo de EDELNOR por el consumo de luz eléctrica, ascendiente al monto de S/ 225.00 (DOSCIENTOS VEINTICINCOS NUEVOS
SOLES).
17.- Recibo de SEDAPAL por el consumo de agua, ascendiente al monto de S/.29.000 (VEINTINUEVE NUEVOS SOLES).
18.-
Copia de TARJETA DE PROPIEDAD VEHICULAR
a nombre del demandado RAUL QUISPE
EGUIZABAL DE SU VEHICULO DE PROPIEDAD PLACA
AGT-720, DE FECHA 09 DE ENERO DEL 2009.
19.- Copia contra accidentes de transito, a nombre
del Sr. RAUL QUISPE EGUIZABAL RAUL, del vehiculo AGT-720, automóvil Nissan Suny, Nº DE SERIE DEL MOTOR Nº FB13579408,
que es utilizado para el servicio de
TAXI.
20.- Copia de la audiencia Única del proceso de
expediente 602-200 ante el Segundo
Juzgado de Paz Letrado de Los Olivos.
21.-
Informe de Alta del área de Neurología del Centro Asistencial Reblagliatti de
mi menor hija Sharon Quispe Porras.
VII.- ANEXOS:
1.
A- Copia del DNI. De la demandante.
1. B.-
Copia del DNI de mis menores hijos:
MARICIELO LINDSEY QUISPE
PORRAS, SHARON QUISPE PORRAS, LEONARDO RAUL
QUISPE
PORRAS.
1.
D.- Partida de nacimiento de mi menor hija MARICIELO LINDSEY QUISPE
PORRAS.
1.
E.- Partida de nacimiento de mi menor hija SHARON QUISPE PORRAS.
1.
F- Partida de nacimiento de mi menor hijo LEONARDO RAUL QUISPE
PORRAS.
1. H.-
Vaucher de pago ante el banco de la nación por concepto de pago de servicio
telefónico, por el monto de S/.35.00.
1. I.-
Recibo de pago por concepto de APAFA I.E. José Marti.
1. J.-
Constancia de Estudio de mi menor hijo LEONARDO
RAUL QUISPE
PORRAS, expedida por la directora
de la I.E. N º
2047- La Libertad UGEL
Nº 04 – Comas.
1.K.- Constancia
de Estudio de mi menor hijo SHARON
QUISPE PORRAS
PORRAS, expedida por la directora
de la I.E. N º
2047- La Libertad UGEL
Nº 04 – Comas.
1.L.- Constancia
de Estudio de mi menor hijo LEONARDO
RAUL QUISPE
PORRAS, expedida por la directora
de la I.E. N º
2047- La Libertad UGEL
Nº 04 – Comas.
1. LL.-
Copia del diploma de honor en el décimo 5to Concurso Nacional Escolar De Dibujo
Y Pintura 2008.”Pasión Por El Arte”.
1. N.-
cronograma de pagos EDPYMES PROEMPRESA
S.A. De préstamo solicitado por la Sra. ROSARIO
ESTHER PORRAS PRETELL.
1.O.- Recibo de EDELNOR por el consumo de luz eléctrica, ascendiente al monto de S/ 225.00 (DOSCIENTOS VEINTICINCOS NUEVOS
SOLES).
1. P.- Recibo de SEDAPAL por el consumo de agua, ascendiente al monto de S/.29.000 (VEINTINUEVE NUEVOS SOLES).
1. Q.-
Copia de TARJETA DE PROPIEDAD VEHICULAR
a nombre del demandado RAUL QUISPE
EGUIZABAL DE SU VEHICULO DE PROPIEDAD PLACA
AGT-720, DE FECHA 09 DE ENERO DEL 2009.
1. R.- Copia contra accidentes de transito, a nombre
del Sr. RAUL QUISPE EGUIZABAL RAUL, del vehiculo AGT-720, automóvil Nissan Sony, Nº DE SERIE DEL MOTOR Nº FB13579408,
que es utilizado para el servicio de TAXI.
1. S.- Copia de la audiencia Única del proceso de
expediente 602-200 ante el Segundo
Juzgado de Paz Letrado de Los Olivos.
1. T.- Informe de Alta del área de Neurología del
Centro Asistencial Reblagliatti de mi menor hija Sharon Quispe Porras.
PRIMER OTROSIDIGO.- Solicito se curse
oficio al Segundo Juzgado de Paz
Letrado de los Olivos a fin que remita copias certificadas del auto admisorio y
la sentencia del Exp. Nº 802-2002 sobre
alimentos.
POR LO EXPUESTO:
A Ud. Señor juez pido tener por ADMITIDA la demanda declarándola
FUNDADA.
Carabayllo, 15 de diciembre del 2009.
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