domingo, 3 de noviembre de 2013

MODELO ESCRITURA PUBLICA DE CESION Y ADJUDICACION DE DERECHOS Y ACCIONES





SEÑOR NOTARIO:

Sírvase inscribir en su Registro de Escrituras Publicas una de CESIÓN Y ADJUDICACIÓN DE DERECHOS Y ACCIONES, que celebran don Abdón Palomino Sierra, identificado con DNI No. 10490273, casado con de Maria Irene Sánchez Cárdenas, identificada con DNI No. 10490272; don Percy Palomino Sánchez identificado con DNI No. 10490071, casado con Ana Maria Ruiz Delgado, identificada con DNI No. 10490070; don  Saúl Palomino Sánchez identificado con DNI No. 06010357, casado con  Cecilia Patricia Salazar Valenzuela , identificada con DNI No. 10318585; todos con domicilio en Manzana I, Lote 20, Calle 7, Urbanización Santa Raquel, Primer Etapa, distrito de La Molina;  a Ud.,  decimos:

PRIMERA.-   LOS COPROPIETARIOS por convenir a sus intereses y al amparo de los Artículos 983° y siguientes del Código Civil, procedemos a la siguiente CESIÓN Y ADJUDICACIÓN DE DERECHOS Y ACCIONES con relación a las SECCIONES INDEPENDIZADAS DEL INMUEBLE ubicado en Manzana I, Lote 20, Calle 7, Urbanización Santa Raquel, Primer Etapa, distrito de La Molina, en los términos consignados en las cláusulas siguientes.

SEGUNDA.-             Los copropietarios don Abdón Palomino Sierra y doña Maria Irene Sánchez Cárdenas, ceden el integro de los Derechos y Acciones que poseen de la Sección 2 inscrita en la Partida Electrónica N° 11800331 del Registro de Predios y Estacionamiento 1 inscrito en la Partida Electrónica N° 11800328 del Registro de Predios, a favor de los copropietarios don Percy Palomino Sánchez y doña Ana Maria Ruiz Delgado; y ceden el integro de los Derechos y Acciones que poseen de la Sección 3 inscrita en la Partida Electrónica N° 11800332 del Registro de Predios y Estacionamiento 2 inscrito en la Partida Electrónica N° 11800329 del Registro de Predios; a favor de los copropietarios don Saúl Palomino Sánchez y doña Cecilia Patricia Salazar Valenzuela.

TERCERA.-             Los copropietarios don Percy  Palomino Sánchez y doña Ana Maria Ruiz Delgado, ceden el integro de los Derechos y Acciones que poseen de la Sección 1 inscrita en la Partida Electrónica N° 11800330 del Registro de Predios,  a favor de los copropietarios don Abdón Palomino Sierra y doña Maria Irene Sánchez Cárdenas; y ceden el integro de los Derechos y Acciones que poseen de la Sección 3 inscrita en la Partida Electrónica N° 11800332 del Registro de Predios y Estacionamiento 2 inscrito en la Partida Electrónica N° 11800329 del Registro de Predios, a favor de los copropietarios don Saúl Palomino Sánchez y doña Cecilia Patricia Salazar Valenzuela.

CUARTA.-    Los copropietarios don Saúl  Palomino Sánchez y doña Cecilia Patricia Salazar Valenzuela, ceden el integro de los Derechos y Acciones que poseen de la Sección 1 inscrita en la Partida Electrónica N° 11800330 del Registro de Predios,  a favor de los copropietarios don Abdón Palomino Sierra y doña Maria Irene Sánchez Cárdenas; y ceden el integro de los Derechos y Acciones que poseen de la Secciones 2 inscrita en la Partida Electrónica N° 11800331 del Registro de Predios y Estacionamiento 1 inscrito en la Partida Electrónica N° 11800328 del Registro de Predios, a favor de los copropietarios don Percy Palomino Sánchez  y doña Ana Maria Ruiz Delgado.

QUINTA.-      Todos los copropietarios convienen en declarar que la Sección 4 inscrita en la Partida Electrónica N° 11800333 del Registro de Predios, queda en Copropiedad; correspondiéndole a los copropietarios don Abdón Palomino Sierra y doña Maria Irene Sánchez Cárdenas el 33.34 % de los derechos y acciones; a don Percy  Palomino Sánchez y doña Ana Maria Ruiz Delgado el 33.33% de los derechos y acciones; a don Saúl  Palomino Sánchez y doña Cecilia Patricia Salazar Valenzuela el 33.33 % de los derechos y acciones.

SEXTA.-         Luego de las Cesiones de Derechos y Acciones entre los copropietarios, determinadas en las cláusulas Segunda, Tercera y Cuarta del presente instrumento y lo estipulado en la Quinta Cláusula, el dominio de las Secciones Independizadas queda de la manera siguiente:
a)    SECCIÓN 1, valorizada en S/.45,822.00 (Cuarenta y cinco Mil Ochocientos veintidós 00/100 Nuevos Soles), inscrita en la Partida Electrónica N° 11800330 del Registro de Predios, queda Adjudicada a los copropietarios don  Abdón Palomino Sierra y doña Maria Irene Sánchez Cárdenas.
b)    SECCIÓN 2, valorizada en S/.45,822.00 (Cuarenta y cinco Mil Ochocientos veintidós 00/100 Nuevos Soles), inscrita en la Partida Electrónica N° 11800331 del Registro de Predios, queda Adjudicada a los copropietarios don  Percy Palomino Sánchez  y doña Ana Maria Ruiz Delgado.
c)    SECCIÓN 3, valorizada en S/.45,822.00 (Cuarenta y cinco Mil Ochocientos veintidós 00/100 Nuevos Soles), inscrita en la Partida Electrónica N° 11800332 del Registro de Predios, queda Adjudicada a los copropietarios don  Saúl Palomino Sánchez  y doña Cecilia Patricia Salazar Valenzuela.
d)    ESTACIONAMIENTO 1, valorizado en S/.2,500.00 (Dos Mil Quinientos 00/100 Nuevos Soles), inscrito en la Partida Electrónica N° 11800328 del Registro de Predios, queda Adjudicada a los copropietarios don  Percy Palomino Sánchez  y doña Ana Maria Ruiz Delgado.
e)    ESTACIONAMIENTO 2, valorizado en S/.2,500.00 (Dos Mil Quinientos 00/100 Nuevos Soles), inscrita en la Partida Electrónica N° 11800329 del Registro de Predios, queda Adjudicada a los copropietarios don  Saúl Palomino Sánchez  y doña Cecilia Patricia Salazar Valenzuela.
f)     SECCIÓN 4, valorizada en S/.9,398.00 (Nueve Mil Trescientos Noventa y ocho 00/100 Nuevos Soles),  inscrita en la Partida Electrónica N° 11800333 del Registro de Predios queda en copropiedad.

Agregue usted señor Notario, las demás cláusulas de ley y curse los partes al Registro de Predios, para los fines convenientes.

Lima, …. de ………… del …...


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