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Conste
por el presente documento el Contrato de CESION
DE POSICION CONTRACTUAL que celebran de una parte EL GOBIERNO REGIONAL
DE ……………………, con RUC N° ………………………….., con domicilio legal en ……………………………………………………………………………………………………,
debidamente representado por ……………………………………………………………., identificado con D.N.I. Nº …………………………….., en calidad de ………………………………………………….., designado mediante
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…………………………………………………………………………………………………….. en su condición
de EL
CEDENTE y, de la otra parte, EL MINISTERIO DEL INTERIOR
–FOSPOLI-representado por …………………………..…………………………………………………………………….con DNI……………………………………….autorizado
mediante …………………………………………………………………………………………………..…………de fecha…………..; en su condición
de EL CESIONARIO, y con intervención de ……………………………………………………………………, con
RUC N° …………………………………………………………… inscrita en la Partida N ° …………………………………………….del
Registro de Personas Jurídicas de los Registro Públicos de la Oficina Registral
de Lima, señalando domicilio legal en …………………………………………………………………………………………………distrito
de ……………………………………….., provincia y departamento de Lima representado por ………………………………………………………………………………………
identificado con D.N.I. N° ……………………………., con poder inscrito en los asientos ………………………………………
de la Partida N º
…………………………………….del Registro de Personas Jurídicas de los Registro Públicos de la Oficina Registral
de Lima en su condición de EL CEDIDO, en
los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO.- ANTECEDENTES
El artículo 16 de la
Ley Nº 29035, dispuso se constituya una comisión evaluadora en el Ministerio de
Salud que determine los contratos que puedan ser materia de tal cesión, de acuerdo a la información
del mismo Ministerio de Salud y a la que
le hagan llegar los Gobiernos
Regionales, señalando los criterios que sirvieron para tal determinación.
El informe aludido se
publica en la página web de dicha entidad.
Mediante Resolución Ministerial
del Ministerio de Salud debe aprobarse la Cesión y modificación del contrato
respectivo y en el caso de las Direcciones Regionales de Salud, son los Gobiernos Regionales los que
aprueban la cesión y modificación del contrato respectivo mediante Acuerdo de
Concejo Regional.
SEGUNDO.-
AUTORIZACION LEGAL
De acuerdo con el
Artículo 209º del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el ámbito de
las normas sobre Adquisiciones y Contrataciones del Estado no procede la cesión
de posición contractual, salvo que exista norma legal que lo permita
expresamente.
De acuerdo con el
Articulo 16º de la Ley N º 29035
– Ley que autoriza crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Publico
para el Año Fiscal 2007 y dicta otras
medidas, se autoriza al Ministerio de Salud
y a las Direcciones Regionales de Salud
de los Gobiernos Regionales, a ceder su posición contractual en los
contratos suscritos para la compra de medicamentos a favor del Ministerio del
Interior.
Dentro de este
contexto, la comisión del Ministerio de
Salud a que se refiere el artículo 16 de la Ley 29035, previa evaluación de los
contratos que puedan ser objeto de la cesión ha emitido su informe determinando
los contratos materia de cesión.
SEGUNDO.-
CONDICIONES DE LA CESION DE
POSICION CONTRACTUAL
EL
CEDIDO,
obtuvo la Buena Pro
de la Licitación Publica
N º 007-2005-MINSA, para el suministro de los productos
farmacéuticos habiéndose suscrito los contratos correspondientes, por lo que
interviene en el presente contrato dando su conformidad a la cesión de posición
contractual de EL CEDENTE y EL CESIONARIO, teniéndose por informado
por las partes de la cesión; sin embargo
aclara que esta conformidad no implica en modo alguno que EL CEDIDO quede liberado de responsabilidades en el caso que EL CESIONARIO no cumpla las
obligaciones asumidas, si este se negase a respetar la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aun cuando EL CEDIDO no comunique a EL CEDENTE del incumplimiento.
TERCERO.-
DECLARACION DE CESION
En virtud de lo
establecido en el artículo 1435 y siguientes del Código Civil y, el artículo
209 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, EL CEDENTE por el presente contrato transfiere
sus derechos y obligaciones, los que son asumidas a partir de la suscripción
del presente contrato por EL CESIONARIO;
a quien EL CEDENTE garantiza la
existencia y validez del contrato del cual falta por ejecutar en parte,
detallando la cantidad y monto en anexo A adjunto que forma parte del presente
y las partes intervinientes manifiestan su conformidad suscribiéndola al igual
que el presente documento.
EL
CESIONARIO
se somete por la presente cesión a la normativa de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado frente a EL CEDIDO,
por lo tanto en este sentido no declara reserva alguna respecto a la fuente de
financiamiento o el respectivo crédito presupuestario que financiara la adquisición derivada del contrato cuya posición contractual se transfiere; en este sentido EL CESIONARIO declara que cuenta con la disponibilidad de recursos
y su respectiva fuente de financiamiento a que se refiere al Articulo 11º del
TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CUARTO.-
EL PRECIO
El precio de venta de
los bienes descritos en el anexo A adjunto que forma parte del presente
contrato, se encuentra establecido en función de un valor atribuido a cada
unidad de medida y estos corresponde a los que fueran materia del otorgamiento
de la buena pro del cual deviene la presente cesión.
Las partes declaran
expresamente que el precio pactado es el que corresponde a la Licitación Pública N º
007-2005-MINSA, en consecuencia, si hubiera alguna diferencia de más o de menos
que en este acto no perciben, se hacen de ella mutua gracia y recíproca
donación, renunciando expresamente a toda acción y/o excepción y a los plazos
para interponerlas que tiendan a invalidar los efectos legales de este
contrato.
El pego será
efectuado por EL CESIONARIO
directamente a EL CEDENTE, en un
plazo máximo de 10 días de cumplida con las entregas conformes.
CUARTA:
GARANTIAS
EL
CEDENTE acepta que las garantías otorgadas a su favor
por el cedido en adelante garantizan las obligaciones y derechos que se derivan
del contrato Nº
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………..a favor de EL
CESIONARIO con sujeción a la Ley
de Contrataciones y
Adquisiciones del
Estado.
QUINTO.-
DESIGNACION DE DOMICILIO.
Las partes señalan
como sus domicilios los indicados en la introducción del presente documento, y
se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales de Lima, renunciando
expresamente a cualquier otra que les pudiere corresponder.
Suscrito en triplicado de igual tenor, en señal de conformidad y
aceptación a los términos y condiciones expuestas, a los …………. días del mes de setiembre
del año 2007.
EL CEDENTE EL
CEDIDO
EL CESIONARIO.
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